Es un impuesto directo, es decir, cae sobre la persona sin intermediarios y real
El impuesto sobre bienes inmuebles forma parte del sistema tributario español y es un tributo que grava la posesión o titularidad de bienes inmuebles; entendemos por bienes inmuebles casas, parcelas, fincas, es decir, elementos que han sido construidos en el suelo y que no pueden moverse sitio.
No solo grava la posesión del bien sino también si tiene derecho la persona al uso y disfrute (usufructo) del mismo.
Características
Es un impuesto
municipal, por lo que el cobro del mismo le corresponde al Ayuntamiento de cada localidad, aunque la gestión del dinero se realiza también con El Estado. La persona obligada a satisfacer este impuesto es el titular del bien.
Cada Ayuntamiento tiene un periodo de pago diferente, suele ser anual aunque en algunas localidades se permite el pago semestral.
Este tributo es conocico por su acrónimo: I.B.I.
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